Utilizamos cookies para mejorar la experiencia del usuario. Puedes seleccionar tus preferencias de cookies a continuación.

Configura tus preferencias de cookies




Castellano | Català | English | Français
Visítenos en barcelona Plaça Catalunya, 1 4ª Planta (Edificio "El Triangle") 08002 Barcelona

CONVIVENCIA DE HECHO DEL EX CÓNYUGE. REVISIÓN DE PENSIÓN COMPENSATORIA

Para que exista una situación de convivencia de hecho entre dos personas habrá que demostrar que estas personas residen en el mismo domicilio durante un tiempo suficiente.

1. DEFINICIÓN Y OBJETIVO

Para que exista una situación de convivencia de hecho entre dos personas habrá que demostrar que estas personas residen en el mismo domicilio durante un tiempo suficiente.

No obstante, recientes sentencias de los Tribunales de Justicia han determinado que el concepto de convivencia puede existir en caso de que se demuestre que existe una relación sentimental entre dos personas.

Si demostramos que existe convivencia y, por tanto, el ex cónyuge tiene ahora otro medio de sustentación, podremos aportar pruebas para revisar o eliminar la pensión compensatoria.

2. LEGISLACIÓN

Las pruebas obtenidas podrán ser aportadas, y son tenidas en cuenta por jueces y magistrados, en los juzgados de familia o donde proceda.

3. ESTRATEGIA DE INVESTIGACIÓN

• Obtención de fotografías y vídeo de entradas, salidas y permanencia en el mismo domicilio
• Testimonio de vecinos del inmueble
• Fotografía de buzones
• Pruebas audiovisuales de la existencia de una relación sentimental
• Encuesta a los propios investigados

 

Imágenes asociadas:

Videos asociados: