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TRIFULCAS TRAS EL DIVORCIO

Nos puede contratar la ex pareja obligada al pago de una pensión alimentaria o compensatoria para que demostremos que la situación declarada por su ex cónyuge no es cierta...

Ese es el título del interesante artículo aparecido en la revista Exclusive Barcelona, correspondiente al ejemplar del mes de junio de 2011, del cual destacamos una entrevista al director de Group Stamford. En  ella afirma: “Nos puede contratar la ex pareja obligada al pago de una pensión alimentaria o compensatoria para que demostremos que la situación declarada por su ex cónyuge no es cierta, puesto que sospecha que trabaja con contrato o “en negro”, y nuestra función consistirá en demostrar esta actividad laboral y acreditarlo mediante pruebas”.

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